Moratoria en Tucumán: Rentas prorrogó hasta el 31 de agosto el régimen de regularización de deudas fiscales

La Dirección General de Rentas (DGR) de Tucumán oficializó la extensión del beneficio para ponerse al día con tributos provinciales vencidos al 31 de mayo de 2026. Incluye descuentos de hasta el 50% en intereses, facilidades para deudas judicializadas y trámites 100% online.

Principales alcances y deudas comprendidas

La medida —explicada por la jefa de la División Asistencia al Contribuyente de la DGR, Karina Delordi— abarca obligaciones impositivas vencidas y exigibles hasta el 31 de mayo de 2026:

  • Tributos alcanzados:Incluye todos los impuestos provinciales, sus intereses, recargos y multas.
  • Deudas en gestión judicial:Pueden incorporarse al plan, obteniendo una reducción del 50% en los honorarios profesionales de los apoderados del organismo fiscal y la posibilidad de financiar el monto en hasta 12 cuotas sin interés.
  • Notificaciones electrónicas: Aquellas deudas notificadas en el Domicilio Fiscal Electrónico pueden incluirse en la moratoria antes de llegar a la vía judicial.

Esquema de descuentos e intereses según la modalidad de pago

Los porcentajes de reducción de intereses varían de acuerdo a la forma de cancelación seleccionada por el contribuyente:

  1. Pago al contado:50% de descuento sobre los intereses.
  2. Planes de hasta 6 cuotas:40% de descuento en los intereses.
  3. Planes más extensos:30% de descuento en los intereses.

Vencimiento de pagos: Para todas las adhesiones formalizadas durante el mes de agosto, la primera cuota (o el pago al contado) vencerá el 15 de septiembre de 2026.

Requisitos para ingresar y medios de pago

Para que la solicitud de acogimiento sea aceptada durante agosto, los contribuyentes deben cumplir ciertas condiciones:

  • Obligaciones al día: Deben estar pagadas las obligaciones con vencimiento a partir del 1 de junio de 2026, inclusive el mes corriente de agosto.
  • Impuestos patrimoniales (Inmobiliario y Automotores/Rodados): Se exige tener abonadas las cuotas correspondientes a junio, julio y agosto de 2026.
  • Financiación de la condición de ingreso: La condición de acogimiento se puede abonar mediante tarjeta de crédito a través de la web. Aclaración: Las cuotas posteriores del plan de facilidades propiamente dicho no admiten pago con tarjeta de crédito.

Gestión digital y canales de asistencia

El trámite se realiza de forma totalmente gratuita e íntegramente online, sin requerir intermediarios ni gestores:

  • Sitio web oficial:www.rentastucuman.gob.ar
  • Atención telefónica (Call Center):4503700
  • Atención presencial: En las sedes de la DGR.

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