Promulgan el nuevo Régimen Penal Juvenil: la responsabilidad penal comenzará desde los 14 años
La ley fue publicada en el Boletín Oficial tras su aprobación en el Senado. Establece un sistema de sanciones y medidas socioeducativas para adolescentes de entre 14 y 18 años que cometan delitos.
El Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, una normativa que fija la edad de responsabilidad penal en los 14 años para quienes cometan delitos antes de cumplir la mayoría de edad. La ley fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y entrará en vigencia como marco legal para el tratamiento penal de adolescentes en todo el país.
La iniciativa había sido aprobada por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención. El proyecto fue impulsado por el Ejecutivo nacional y contó con el acompañamiento de distintos bloques legislativos.
La normativa establece que los jóvenes entre 14 y 18 años podrán ser imputados por delitos contemplados en el Código Penal y en otras leyes penales. A su vez, crea un sistema de sanciones que combina medidas socioeducativas con posibles penas de privación de la libertad en los casos más graves.
Medidas orientadas a la reinserción
Entre las herramientas previstas por la ley se incluyen programas educativos obligatorios, capacitación laboral y participación en actividades deportivas, culturales o recreativas. También se contempla la posibilidad de que los adolescentes reciban asistencia médica o psicológica cuando sea necesario.
El régimen incorpora además otras medidas judiciales como amonestaciones, restricciones de acercamiento a las víctimas, prohibición de asistir a determinados lugares o espectáculos y monitoreo electrónico. En algunos casos también podrá disponerse la realización de tareas comunitarias en instituciones públicas o entidades sin fines de lucro.
Cuando la gravedad del delito lo requiera, la normativa prevé la aplicación de penas de privación de la libertad, que podrán cumplirse bajo distintas modalidades, como detención domiciliaria o alojamiento en centros especializados para adolescentes.
Límites y condiciones del sistema
La ley establece que los menores detenidos deberán permanecer en instituciones separadas de las destinadas a adultos y bajo la supervisión de personal capacitado. Además, prohíbe la aplicación de penas de prisión perpetua para adolescentes.
El nuevo régimen fija un límite máximo de 15 años de privación de libertad, incluso en los casos en que el delito cometido tenga una escala penal mayor para los adultos.
Asimismo, se prevén mecanismos alternativos al proceso penal tradicional, como instancias de mediación, suspensión del proceso a prueba o criterios de oportunidad, con el objetivo de evitar que todos los casos lleguen a juicio.
Debate político y cuestionamientos
Durante el tratamiento legislativo, el oficialismo defendió la reforma como una actualización del régimen vigente, que databa de 1980. Entre sus argumentos señalaron la necesidad de contar con un sistema que establezca responsabilidades penales claras para adolescentes que cometan delitos.
Sin embargo, la iniciativa también recibió críticas de sectores de la oposición y de especialistas, quienes cuestionaron la baja de la edad de imputabilidad y advirtieron sobre la falta de recursos para garantizar la implementación de las medidas socioeducativas previstas en la ley.
Con la promulgación de esta norma, queda derogado el régimen anterior y se invita a las provincias a adaptar sus legislaciones para aplicar el nuevo sistema en sus jurisdicciones.

